El Tribunal de Justicia Europeo ha decidido que las bicicletas eléctricas son bicicletas y no motos, una decisión que tiene importantes implicaciones legales.
El Tribunal de Justicia Europeo ha determinado que las bicicletas eléctricas de asistencia, o e-bikes, no son vehículos a motor. Aunque esta decisión puede parecer obvia, también fue importante para la clasificación de las e-bikes.
Al clasificar las e-bikes como no siendo vehículos a motor, el Tribunal de Justicia Europeo (TJE) las consideró como bicicletas y, por lo tanto, como usuarios vulnerables de la carretera. Esto también significa que las e-bikes no necesitan seguro, como un coche o una moto.
La decisión se basó en la forma en que una bicicleta eléctrica es impulsada, que es principalmente no mecánica, y debido a las velocidades relativamente bajas a las que una bicicleta eléctrica puede acelerar sin pedalear.
El debate sobre la clasificación de las bicicletas eléctricas ha estado en curso desde su aparición inicial, según informa Global Cycling Network. Esta resolución del TJCE tuvo origen en un caso belga en el que un ciclista que conducía una bicicleta eléctrica fue atropellado por un coche y murió a causa de las heridas. Durante el proceso judicial, se discutió la cuestión del derecho del ciclista a una indemnización, en la cual se consideró la clasificación de su medio de transporte.
Los tribunales belgas remitieron el caso al TJCE en busca de una respuesta a la cuestión de la clasificación. El TJCE decidió que “los dispositivos que no son impulsados exclusivamente por energía mecánica, como una bicicleta eléctrica que puede acelerar hasta 20 km/h sin pedalear, no parecen ser susceptibles de causar daños corporales o materiales a terceros comparables a los daños que pueden ser causados por motocicletas, coches, camiones u otros vehículos impulsados exclusivamente por energía mecánica, que pueden alcanzar velocidades significativamente más altas”.